¿QUIÉN DEBE CONTRATAR EL SEGURO DE HOGAR, PROPIETARIO O INQUILINO?
Surgen muchas dudas cuando un propietario alquila su piso. ¿Qué tengo que asegurar? ¿Qué debe asegurar el inquilino? ¿Es obligatorio tener un seguro de hogar?
El Propietario:
En el caso del propietario, su póliza de hogar debe centrarse en asegurar el continente, es decir, los elementos constructivos y estructurales de una vivienda. De esta forma, en el caso de una rotura de cañería, se cubrirá los daños ocasionados por el agua. Si el propietario alquila la vivienda con muebles, también deberá incluirlos en la póliza.
El Arrendatario:
En el caso del arrendatario/inquilino, su seguro de hogar debe centrarse en cubrir el contenido, es decir, sus muebles, electrodomésticos, ajuar doméstico… También es recomendable que asegure los pequeños desperfectos que pueda ocasionar al inmueble como rotura de cristales, espejos o sanitarios.
En cualquiera de los dos seguros, es importante incluir la cobertura de responsabilidad civil como propietario del inmueble o como inquilino. Con esta garantía se cubren los daños personales o materiales ocasionados a terceros, como son los vecinos o frente al propietario o al inquilino en cada caso.
Si deseas ampliar información o contratar un seguro, puedes hacerlo llamándonos al teléfono 93.741.41.41 o bien mandándonos un correo electrónico a gestionseguros@salomobonetgodo.com Nuestros asesores darán respuesta a todas tus preguntas.